SUBVENCIONES A LA CONTRATACION INDEFINIDA EN CASTILLA LA MANCHA 2022

Personas de diferentes oficios.

Autonomos 5

SUBVENCIONES A LA CONTRATACION INDEFINIDA EN CASTILLA LA MANCHA 2022

18 de octubre 2022

Con fecha 18 de octubre de 2022, se ha publicado en el DOCM el Decreto 113/2022, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable.

 

SUBVENCIONES A LA CONTRATACION INDEFINIDA EN CASTILLA LA MANCHA 2022

 

Autonomos 5

 

 

Con fecha 18 de octubre de 2022, se ha publicado en el DOCM el Decreto 113/2022, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable. 

 

 

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  • BENEFICIARIOS
  • CONTRATOS SUBVENCIONABLES
  • CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
  • PLAZO Y FORMA DE SOLICITUD

 

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las empresas, los autónomos, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen contrataciones por tiempo indefinido y conversiones de contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa, con las condiciones establecidas en el Decreto.

 

CONTRATACIONES SUBVENCIONABLES:

 

Línea 1; Ayudas para la contratación indefinida.

 

Línea 2; Ayudas para la contratación indefinida fija discontinua.

 

Línea 3; Ayudas del programa “Cheque transición”.

 

Línea 4; Ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa.

 

Línea 5: Ayudas para la conversión en contratos indefinidos de contratos temporales celebrados antes del 31 de diciembre de 2021, para la convocatoria de 2022. Serán subvencionables las conversiones de contratos temporales en indefinidos que se realicen en el períodocomprendido desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el día 30 de mayo de 2022.

 

Serán subvencionables las actuaciones incluidas en las distintas líneas, que se realicen en el período comprendido desde el 1 de noviembre del año anterior al que se publique la resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, hasta el día 31 de octubre del año en el que se publique la citada resolución, ambos incluidos.

 

CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES:

 

Línea 1: Ayudas para incentivar la contratación indefinida. La cuantía de la ayuda será de 6.000 euros por cada contrato realizado, salvo en el caso de trabajadores que han prestado servicios en la empresa mediante ETT, que será de 4.000 euros.

 

La cuantía determinada se incrementará en 1.000 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los colectivos: Violencia de género, mujeres contratadas en puestos directivos, mujeres contratadas en sectores relacionados con la economía verde o digital y jóvenes menores de 30 años para ocupaciones o puestos en vías de extinción.

 

Línea 2: Ayudas para incentivar la contratación fija-discontinua. Se tomará como referencia el importe de 6.000 euros por cada contrato realizado, establecido en el artículo 13.1 del Decreto, minorándose de forma proporcional de acuerdo al periodo estimado de duración de la actividad que figure en el contrato, durante un año.

 

Línea 3: Ayuda programa” Cheque Transición”. La cuantía de la subvención por cada contrato realizado será de 6.000 euros. Dicha cuantía se verá incrementada en 1.000 euros, cuando la persona contratada, pertenezca a alguno de los colectivos: Violencia de género y colectivos en situación de exclusión social.

 

Línea 4: Ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa. La cuantía de la ayuda por cada conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa será de 3.000 euros, siempre que la jornada inicial sea menor o igual al 50 por ciento de la jornada completa. En el caso de que la jornada inicial sea superior al 50 por ciento, el importe se reducirá proporcionalmente.

 

La cuantía señalada, se verá incrementada un 10 por ciento, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los colectivos: Víctima de violencia de género, colectivos en situación de exclusión social o que procedan de una empresa de inserción.

 

Línea 5: Ayudas para conversión en contratos indefinidos de contratos temporales celebrados antes del 31 de diciembre de 2021, para la convocatoria de 2022. La cuantía de la subvención por cada contrato transformado será de 6.000 euros.  

 

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN:

 

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

 

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 19 de octubre de 2022 y finalizará el 30 de noviembre de ese mismo año.

 

Dentro de dicho período las solicitudes para las líneas 1, 2 y 3 deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, y para la línea 4 en el plazo máximo de un mes desde modificación de la jornada del contrato y, en todo caso, hasta el mencionado día 30 de noviembre.

 

No obstante, cuando la actuación objeto de subvención correspondiente a cualquiera de las líneas reguladas en este decreto, se produjera en el período comprendido desde el 1 de noviembre de 2021 y el día 18 de octubre de 2023, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día 19 de octubre de 2022.

 

 

  

Si desea más información póngase en contacto info@abacoconsultor.es

 

 

 

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