NO OBLIGACION DE PRESENTACION TELEMÁTICA DEL IRPF

Personas mirando un documeto. Alía Consultores.

Por comunicación de la AEDAF, les informamos de que la Audiencia Nacional ha dado la razón a la Asociación Española de Asesore Fiscales en su lucha contra la obligación de presentar telemáticamente la autoliquidación del IRPF, en los mismos términos a como ya hiciera el Tribunal Supremo el pasado julio.

En dicha sentencia, la Audiencia Nacional resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por AEDAF contra la Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y el IP para el ejercicio 2022, y cuyos artículos 9.1, 15.1 y 4) suprimen la posibilidad de presentar el modelo de declaración de la renta en papel.

La Audiencia Nacional avala así el argumento de AEDAF, que defiende que la relación electrónica del contribuyente con la Administración es un derecho y no una obligación, y que, en todo caso, dicha obligación podría aplicarse a determinados colectivos, pero no a la generalidad de los contribuyentes.

Enlace a la Sentencia
 
 
19 de enero de 2024Si desea más información, póngase en contacto en informacion@aliaconsultor.es

Buscar

Otras Noticias