Salario Mínimo Interprofesional para 2018

Salario Mínimo Interprofesional para 2018

Salario Mínimo Interprofesional 2018

El pasado día 30 de diciembre, se ha publicado en el BOE el RD 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2018.

2 enero 2018

Se procede mediante este Real Decreto a establecer las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2018, tanto para los trabajadores fijos como para

 

Salario Mínimo Interprofesional para 2018

 

El pasado día 30 de diciembre, se ha publicado en el BOE el RD 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2018.

 

Salario Mínimo Interprofesional para 2018Se procede mediante este Real Decreto a establecer las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2018, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar.

 

Las nuevas cuantías representan un incremento del cuatro por ciento respecto de las vigentes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.

 

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53 euros/día o 735,9 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

 

 En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

 

El Real Decreto regula también el SMI para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, que queda fijado en 34,85 euros por jornada.

 

Asimismo, para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el SMI será de 5,76 euros por hora efectiva trabajada.

 

  

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2 de enero 2018

 

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